Condiciones Generales del Contrato de Alquiler

1-OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de este contrato es el alquiler del vehículo descrito en las condiciones particulares del presente contrato de SERPAR CAR SERVICES SL(en adelante ADRACAR) entrega al arrendatario, que acepta lo pactado en las mismas y también lo previsto en las presentes Condiciones Generales.

2-REQUISITOS PARA ALQUILAR

a)El arrendatario debe ser titular de un permiso de conducir válido, en vigor durante el período que dure el arrendamiento pactado, con más de dos años de antigüedad o más de tres si se trata de un vehículo industrial, y lo presentará a la formalización del alquiler.

b)Deberá asimismo, ser mayor de 25 en todos los vehículos .Se reserva el arrendador el derecho de alquilar si no se cumplen alguno de los anteriores requisitos.

c)El arrendatario se obliga a devolver el vehículo en las mismas condiciones, sin daños aparentes, con todos sus documentos, componentes, piezas herramientas y accesorios originales.

3-CONDICIONES DEL VEHÍCULO

a)El arrendatario, recibe en el contrato de alquiler la descripción del estado del vehículo, aceptando que éste se le entrega sin ningún tipo de daño o anomalía aparente que no esté reflejada en dicho documento, limpio, revisado y en buen estado para circular.

4-ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO

a)La entrega y recogida o devolución del vehículo deberá realizarse en las instalaciones de ADRACAR designadas en el contrato de arrendamiento.

b)Tanto en la entrega como en la devolución del vehículo, ADRACAR y el arrendatario reflejarán en el contrato de alquiler cualquier daño menor visible en el vehículo. Cualquier daño nuevo que se haya producido al vehículo será cargado al arrendatario al precio promedio de reparación. El arrendatario abonará estos costes adicionales a ADRACAR conforme a lo estipulado en el artículo 8 de estas Condiciones Generales.

c)El arrendador recibe el vehículo arrendado con los siguientes accesorios: juego de triángulos, chaleco y rueda de repuesto con las herramientas necesarias para el cambio, o un sistema alternativo al cambio de las mismas. Así mismo, recibe copia debidamente compulsada de la documentación del vehículo. Una vez finalizado el arrendamiento si se comprueba la falta o deterioro de alguna herramienta, neumáticos, accesorios, documentación o desperfectos, en el interior y exterior del vehículo no imputable a accidentes cubiertos por el Seguro del vehículo, el arrendatario deberá pagar a ADRACAR dl valor integro de dichos deterioros, desperfectos o faltas.

d)El arrendatario recibe el vehículo arrendado con el nivel de combustible que se consigna en el contrato de alquiler, haciéndose cargo del consumo de combustible, y se obliga a abonar a la finalización del contrato de arrendamiento, la diferencia entre el combustible consignado en el citado contrato y el que el vehículo tenga en la entrega, sirviendo de base para el cálculo, el precio promedio del combustible vigente en dicho momento.

e)La retención del vehículo sin el consentimiento del arrendador, por una duración superior a la fecha acordada, podrá ser considerada por el arrendador como sustracción del vehículo arrendado, y motivará la denuncia como tal a las autoridades competentes.

f)Los días del alquiler se computarán por períodos de 24 horas a contar desde la hora en la que se haya arrendado el vehículo, hasta la entrega del vehículo en el lugar establecido, con todos sus complementos y documentación, fijándose un margen de tolerancia de una hora. La demora en la entrega del vehículo se facturará de acuerdo con las tarifas acordadas con el arrendatario.

g)Asimismo, el arrendatario recibe en el momento de la formalización del contrato de arrendamiento, copia del mismo, y los, documentos que obligatoriamente ha de llevar en el vehículo, respondiendo de las sanciones que se deriven del incumplimiento de tal obligación.

5-RESPONSABILIDADES DEL ARRENDATARIO

a)El vehículo será únicamente conducido por el arrendatario, salvo que el arrendador aceptara en el contrato la mención de u conductor o conductores adicionales autorizados por el arrendatario, los que tendrán una edad y antigüedad en el permiso de conducir, cuando menos, idénticas a las que se establecen en el apartado 2 del presente contrato.

b)Durante el periodo de duración del arrendamiento, el arrendatario será responsabilidad en todo momento del uso que se haga del vehículo. Las sanciones, multas o cualquier otra medida gubernativa o judicial que sobre el vehículo recaiga como consecuencia de infracciones del Código de Circulación y del ordenamiento jurídico en general serán responsabilidad del Conductor del vehículo, o en su caso, de la ARRENDATARIA. A tal efecto, el arrendatario acepta y autoriza a ADRACAR a facilitar sus datos personales a la Policía, Guardia Civil, y cualquier organismo oficial que los solicite, con motivo de la conducción o el arrendamiento del vehículo, siempre que el hacerlo esté acorde con la legislación sobre protección de datos aplicable.

c)Tanto el personal como el equipaje o material que el vehículo alquilado puede transportar está supeditado a la capacidad de su carga autorizada por la Autoridad para el mismo.

d)El arrendatario se obliga a usar el vehículo de forma responsable y solamente para los fines a los que está destinado. En concreto, en la utilización del vehículo por parte del Arrendatario, este no podrá: Conducir bajo los efectos del alcohol, narcóticos o cualquier tipo de estupefaciente. Transportar mercancías inflamables y peligrosas, así como sustancias tóxicas, corrosivas, radiactivas u otras sustancias nocivas, animales vivos o muertos, pescado, carne, frutas, hortalizas así como cualquier líquido envasado salvo autorización expresa de ADRACAR. Realquilar o destinarlo al transporte de viajeros y/o mercancías mediante pago. Participar en rallies, carreras o certámenes similares. Enseñar a conducir. Incurrir en un delito de forma intencionada o no respetar las leyes e tráfico. Circular en cualquier modo que incumpla el código y reglamento de circulación vigente, normas referentes al transporte de mercancías y pasajeros, y cualesquiera otras leyes vigentes que sean de aplicación. Viajar por carreteras o caminos sin asfaltar o por carreteras que por su estado puedan dañas ruedas, suspensiones o bajos del vehículo. Si el ARRENDATARIO incurre en cualquiera de las causas antes citadas ADRACAR podrá proceder a la retirada del vehículo con pérdida de la fuerza y las reservas de las responsabilidades imputadas al arrendatario.

e)El vehículo no podrá salir del territorio peninsular español sin la autorización previa y por escrito de ADRACAR.

f)Son por cuenta del ARRENDATARIO la totalidad del consumo del carburante, aditivos al mismo y/o los lubricantes, pinchazos, bombillas fundidas, además de los gastos de garaje aparcamiento y lavados comprometiéndose este a mantener en todo momento el vehículo en buen estado de limpieza y conservación.

g)El arrendatario será responsable de todos los gastos que se deriven de la reparación de las averías o daños quesean consecuencias del uso indebido o del cuidado inadecuado o negligente del vehículo arrendado, incluyendo el transporte y la paralización del mismo, así como los derivados por golpes en bajos y techo.

h)El arrendatario se obliga a llevar en todo momento la copia del contrato de arrendamiento que se le entrega a la firma del mismo en el interior del vehículo, siendo responsable de las sanciones que se deriven de tal incumplimiento.

6-MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO

a)El arrendamiento está obligado en todo momento a cuidar y a mantener el vehículo serán comunicadas por el arrendatario a ADRACAR de forma inmediata y reparadas por ADRACAR sin cargo alguno al arrendatario.

b)Las averías que surjan en el uso habitual del vehículo serán comunicadas por el arrendatario de forma inmediata y reparadas por ADRACAR sin cargo alguno al arrendatario. Cuando una avería surja en punto cercano o de fácil comunicación con un taller autorizado de la marca, el arrendamiento podrá pedir autorización a ADRACAR para llevarlo a reparar a uno de dichos talleres, siguiendo en todos los casos, las indicaciones que ADRACAR señale. El arrendatario está obligado a detener el vehículo si, estando en marcha, se ilumina en el cuadro de instrumentos cualquiera de los testigos que detectan anomalías ene l funcionamiento del vehículo o si percibe signos externos que indiquen averías. La ARRENDATARIA responderá de los daños que se deriven de los incumplimientos de las obligaciones antes citadas. Si se demostrase que la avería fue debida a la impericia del conductor o mal trato del vehículo el importe de su reparación será íntegramente a cargo del arrendatario así como el período de estancia en taller. El vehículo se entrega con los neumáticos en perfectas condiciones. Si los mismos se dañan por razón se entrega con los neumáticos en perfectas condiciones. Si los mismos se dañan por alguna razón diferente al uso normal de los mismos, el arrendatario se obliga a reemplazarlos a su cargo, por otros de idénticas dimensiones, tipo y características de uso.

7-ASISTENCIA EN CARRETA

Durante la vigencia del arrendamiento, el ARRENDATARIO cuenta con la prestación de un servicio de asistencia en carretera para el caso de avería o accidente. A tal efecto, se le facilitará un número de teléfono que figurará en la documentación del vehículo arrendado. En el caso de necesidad de la utilización de la prestación, el arrendatario debe de contactar con el servicio de asistencia, inmediatamente después de producirse la avería o accidentes. Si el arrendatario no utiliza el servicio de asistencia que se le provee, y utiliza cualquier otro, no podrá solicitar el reembolso de gasto alguno a ADRACAR.

8-PRECIO Y FORMA DE PAGO

El pago del alquiler pactado en las condiciones particulares se hará por el arrendatario en la fecha señalada en dichas condiciones. Los alquileres y pago se harán en la oficina de ADRACAR, indicándose en las condiciones particulares la forma de pago. La falta de pago del arrendamiento en las condiciones pactadas, faculta al arrendador a la inmediata retirada del vehículo al arrendatario, finalizando el contrato de arrendamiento existente, y el inicio de las acciones que correspondan para el cobro de las cantidades adeudadas El tipo impositivo del IVA aplicado a cada factura, será el vigente a la fecha de expedición de las mismas.

9-DURACIÓN DEL CONTRATO, PRÓRROGA Y RESCISIONES

a)La duración del presente contrato es la que se indica en las Condiciones Particulares.

b)A efectos de facturación, los días de alquiler se computarán por períodos de 24 horas a contar desde la hora en la que se haya arrendado el vehículo, hasta la entrega del vehículo en el lugar establecido con todos sus complementos y documentación fijándose un margen de tolerancia de una hora. La demora en la entrega del vehículo se facturará como un día completo, de acuerdo con las tarifas acordadas con el arrendatario.

c)Sin que pueda considerarse contradictorio con lo establecido en los párrafos anteriores, ADRACAR también se reserva la opción de rescindir el presente contrato retirando el vehículo siendo los gastos de retirada a cargo del arrendatario cuando a su juicio este no le ofrezca las garantías suficientes de prudencia, en la conducción, buen trato del vehículo, sospecha de que lo dedique actividades ilegales, incumplimiento de las condiciones contenidas en el epígrafe 5 o por incumplimiento de las de pago establecidas en el contrato del arrendatario. Todo ello sin necesidad de requerimiento o comunicación previa.

d)Cuando el ARRENDATARIO decida rescindir unilateralmente el contrato con anterioridad al vencimiento del mismo, se procederá al reajuste de la tarifa aplicable a dicho contrato en función del tiempo realmente acordado, sobre la tarifa a aplicar.

10-SEGUROS-RESPONSABILIDADES SEGUROS

a)El vehículo arrendado se encuentra asegurado por un contrato de seguro que conlleva las siguientes coberturas:

-Responsabilidad Civil de Suscripción obligatoria

-Responsabilidad Civil de Suscripción voluntaria

-Defensa penal y reclamación de daños

-Accidentes personales

-Daños propios con la franquicia si figura en las condiciones particulares

El arrendatario declara tener conocimiento del contrato de seguro suscrito con ADRACAR.

b)El robo e incendio, así como los daños propios por accidente con la franquicia que se establezca en las Condiciones Particulares están cubiertos por ADRACAR. No obstante en aquellos casos en los cuales se demuestre que el accidente se produjo por negligencia, temeridad, simple imprudencia, torpeza o impendía manifiesta de conductor, así como cualquier otra causa que contravenga los preceptos de una prudente conducción, el normal uso y empleo del vehículo o cuando el conductor fuese persona distinta a las descritas en sus condiciones particulares del contrato de alquiler los gastos de la reparación serán por cuenta del arrendatario en su totalidad.

c)Geolocalización del vehículo: Puede disponer de sistema de geoloclaización. El Arrendatario y/o conductores adicionales autorizados quedan informados y acepta que el funcionamiento requiere recogida de datos de geolocalización del vehículo.

RESPONSABILIDADES.- La posesión del vehículo por parte del arrendatario implica de inmediato la transferencia la custodia jurídica del mismo. Por tanto y como ya se contempla en las obligaciones del arrendatario ADRACAR no responde de las sanciones, multas o cualquier otra medida gubernamental o judicial que sobre el vehículo recaiga como consecuencia de infracciones del Código de Circulación y del ordenamiento jurídico en general por parte del arrendatario o de la persona aceptada como conductor. El arrendatario será responsable civil subsidiario del conductor del vehículo por cuya negligencia acontezca algún accidente. El arrendatario se obliga a comunicar a ADRACAR cualquier accidente o siniestro. El incumplimiento de esta obligación y dentro de los plazos que marca la ley, hará responsable al arrendatario de los daños, perjuicios y gastos que pudieran derivarse del mismo.

11-DIFERENCIAS Y JURISDICCIÓN

En caso de divergencia en cuanto a la interpretación, aplicación o diferencia sobre alguna de las presentes condiciones generales, ambas partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de residencia del arrendatario.

12- CARGOS POR INCIDENCIAS

12.1. Siniestro con o sin contrario: Importe de la reparación (máxima franquicia del seguro)

12.2. Pinchazo: 20€

12.3. Repostaje: 15€ + importe repostaje.

12.4. Limpieza Extra: 65€

12.5. Limpieza Especial: SEGUN PRESUPUESTO

12.6. Usted podría incurrir en gastos adicionales si el vehículo presenta algún olor extraño o restos con evidencias de haber fumado (ceniza, colillas, etc): 100€ LIMPIEZA Y DESODORIZACION.

12.7. En caso de incumplimiento del punto 5.e saliendo de España con el vehículo sin autorización tendrá un cargo de 950€ y el kilometraje se reducirá a 150km/día.

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